Según la disposición de la Corte, se deberá complementar el plan ambiental en Concón, Quintero y Puchuncaví.
El Ministerio del Medio Ambiente por disposición de la Corte Suprema deberá complementar el Plan de PRevención y Contaminación Atmosférica destinado a las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví, por lo que se deberá considerar antecedentes, y datos de las emisiones anteriores y posteriores al trienio 2015-2017 así como un inventario de emisiones de NO2 y SO2.
Igualmente tendrán que hacer cuantificación de los costos del plan y estimación de la contribución de cada agente emisor a la implementación de los planes de contingencia, así como el cumplimiento de las medidas dispuestas en la sentencia de 28 de mayo de 2019, por lo que el Ministerio del Medio Ambiente deberá designar a al menos dos funcionarios con dedicación exclusiva para la correcta fiscalización y verificación del cumplimiento del punto I de esta sentencia; la Superintendencia del Medio Ambiente, en conjunto con la Secretaría Regional Ministerial de Salud, la Subsecretaría del Medio Ambiente y las autoridades pertinentes, deberán atender los requerimientos y denuncias de la población; y la Corte de Apelaciones de Valparaíso tendrá presente que goza de facultades amplias para hacer cumplir lo resuelto.