SMA ordenó medidas a Minera Los Pelambres por colapso de plataforma en Bahía Conchalí

Minera Los Pelambres deberá implementar siete medidas obligatorias en un plazo de 15 días.

Luego del colapso de una plataforma durante la construcción de las obras marinas asociadas a la desalinizadora del proyecto Infraestructura Complementaria (INCO), la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ordenó a Minera Los Pelambres la adopción de siete medidas provisionales para prevenir riesgos asociados a la fuga de hidrocarburos desde equipos sumergidos.

El pasado 5 de agosto en la Bahía Conchalí en Los Vilos, Región de Coquimbo, cayeron al mar diversos elementos que se encontraban sobre la plataforma, incluyendo una grúa y un grupo electrógeno, con hidrocarburos y aceites de origen vegetal que se encontraban en contenedores, según información suministrada por las fuentes.

Las siete medidas que Minera Los Pelambres deberá adoptar, en un plazo de 15 días, son las siguientes:

1. No ejecutar obras u actividades asociadas a la fase de construcción de las obras marinas del proyecto INCO, respecto de actividades constructivas en la superficie del agua, columna de agua o lecho marino de la Bahía Conchalí, hasta que se ejecute el rescate total de las sustancias y estructuras que representen un riesgo al medio ambiente.

2. Habilitar un centro de rescate de fauna silvestre (mamíferos/aves) con especialistas ad hoc en la región de Coquimbo y/o gestionar disponibilidad de un centro de rescate en la zona u otra región, considerando en ambos casos la logística necesaria para el traslado y rehabilitación de fauna que eventualmente pueda ser afectada por filtraciones de hidrocarburos al medio marino.

3. Realizar una modelación hidrodinámica de deriva de la pluma de hidrocarburos y/o aceites en el área de la contingencia, para anticipar y dirigir los esfuerzos de las tareas de contención, absorción, conducción y limpieza, en caso de que sea necesario.

4. Realizar una evaluación y determinación de lugares del borde costero dentro del área de influencia, con mayor sensibilidad ambiental, de acuerdo al índice utilizado por Directemar, de acuerdo al tipo de costa, tipo de recursos y su cercanía con posibles afloramientos de hidrocarburos.

5. Mantener vigilancia con frecuencia diaria de la presencia de hidrocarburos en el cuerpo de agua en torno a los sitios de mayor sensibilidad ambiental.

6. Mantener la vigilancia y monitoreo extraordinario de las matrices aguas y sedimentos propuesta por el titular con ocasión de la contingencia, hasta que se ejecute el rescate total de las sustancias y estructuras que representen un riesgo al medio ambiente.

7. Ejecutar monitoreo extraordinario de aves y mamíferos en el área de influencia, hasta que finalice el rescate de elementos que representen un riesgo al medio ambiente y hasta que finalicen las labores de recuperación y limpieza.

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